Corte ordena a EPS que permitan traslados de usuarios en mora

Tomado de: www.telemedellin.tv

(Nota del periodista Jair Orozco para Noticias Telemedellín, 29 de julio de 2021)

Después de revisar una tutela interpuesta por una persona que solicitó a Coomeva el traslado a la Nueva EPS, y hubo negación del proceso porque el usuario estaba en mora en el pago de seis meses de cotizaciones desde 2012, la Corte Constitucional ordenó a Coomeva que, en el término de 2 días, autorice el traslado y, a la Nueva EPS que lo afilie.

“ASMEDAS saluda esa determinación de la Corte Constitucional puesto que ratifica que la prestación de los servicios de salud es un derecho en lo individual y en lo colectivo…”, manifestó German Reyes Forero, presidente de la entidad gremial…

Con este fallo, el alto tribunal sentenció que si bien las EPS están facultadas para suspender la afiliación de los usuarios en mora de las cotizaciones, un aspecto netamente económico no puede ser barrera para el goce efectivo del derecho a la salud.

El fallo explicó que el ordenamiento jurídico les impone a las EPS el deber de adelantar el cobro de los aportes en mora, para lo cual pueden ejercer las acciones legales correspondientes o, incluso, celebrar acuerdos de pago con los usuarios. Sin embargo, Coomeva desconoció este mandato.

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