El aborto seguirá siendo legal en Colombia bajo tres causales

Tomado de: www.opinionysalud.com

Esta tarde la Corte Constitucional decidió mantener las tres causales bajo las cuales se puede practicar el aborto legal en Colombia durante los tres primeros meses de gestación: peligro para la vida o para la salud de la mujer; malformación del feto o violación y seguirá siendo un delito en cualquier otra situación.

La Corte estudiaba la ponencia del magistrado Alejandro Linares quien pedía despenalizar el procedimiento en las primeras 16 semanas de gestación, lo cual no fue respaldado por la mayoría de los togados y, en cambio, la Sala Plena, con una votación de 6-3, no acogió la ponencia.

El alto tribunal dio así trámite y estudio a las dos demandas de la abogada Natalia Bernal, quien pedía, básicamente, retroceder en el reconocimiento de este derecho fundamental y penalizar totalmente la interrupción del embarazo. A favor de la ponencia de Alejandro Linares votaron, además, los magistrados Alberto Rojas Ríos y José Fernando Reyes Cuartas. Pero los magistrados restantes consideraron que sobre algunos cargos que alegaba la abogada Bernal, la Corte ya se había pronunciado en 2006.

La posición mayoritaria consideró que frente al presunto desconocimiento de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y de la Convención de las Naciones Unidas, la demanda no contaba con «los requisitos de certeza, claridad, especificidad y suficiencia, razón por la cual se declaró inhibida para emitir un pronunciamiento de fondo». Esta postura la votaron Carlos Bernal, Cristina Pardo, Gloria Ortiz, Diana Fajardo, Luis Guillermo Guerrero y Antonio José Lizarazo.

Desde 2006 las mujeres en Colombia pueden abortar sin ser judicializadas en tres escenarios: cuando el embarazo representa peligro para la vida o para la salud física o mental de la mujer; cuando hay una grave malformación del feto que haga inviable su vida; o cuando sea producto de una violación, incesto o inseminación no consentida. En otro tipo de casos, sigue siendo un delito que da entre 16 a 54 meses de prisión.

En el fallo de 2006, la Corte le pidió al Congreso legislar sobre el aborto, por ser un tema de su resorte, pero a la fecha ningún proyecto de despenalización se ha vuelto ley. Mientras tanto, tratados internacionales firmados por Colombia, como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación en Contra de la Mujer, han detallado cómo el que el aborto sea delito es una forma de discriminación en razón del género, pues, como le han dicho diferentes expertos a este diario, no hay una experiencia similar en la vida de los hombres en las que sean judicializados por tomar decisiones sobre su cuerpo.

No obstante, a pesar de que en Colombia esta despenalización parcial cumple ya 14 años, las mujeres siguen enfrentando innumerables barreras para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Estos obstáculos, que ponen en riesgo la salud de las mujeres, han sido denunciados por organizaciones internacionales y de derechos humanos y también fueron identificados por el magistrado Linares en la ponencia que pedía levantar la cosa juzgada y pronunciarse de nuevo sobre el tema.

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