En un fallo sin precedentes, dieron plazo a la Supersalud para trasladar afiliados a otras EPS
Tomado de: www.eltiempo.com
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le acaba de ordenar a la Superintendencia Nacional de Salud revocar la habilitación de funcionamiento otorgada a Medimás EPS, tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado, y que en un plazo no superior a seis meses traslade a los 3,9 millones de afiliados a otras aseguradoras.
De igual forma, el fallo del tribunal conmina al Ministerio de Salud, como rector de las políticas del sistema general de seguridad social, a adoptar un marco regulatorio específico que permita el actuar de la Superintendencia de Salud para el cumplimiento de estas tareas.
En el mismo sentido, el fallo insiste en que para la reasignación de los afiliados se deberá tener en cuenta la capacidad de aseguramiento y la evaluación de desempeño de las EPS que operan en cada uno de los departamentos y municipios donde presta sus servicios Medimás, de manera que se garantice la continuidad de la atención a todos los enfermos.
La demanda
Vale aclarar que la demanda que amerita esta decisión fue interpuesta por Aníbal Rodríguez Guerrero el 20 de junio del 2016, antes de que todo el proceso de venta de las acciones de Cafesalud se diera a favor de Medimás.
Rodríguez alegaba que la Superintendencia de Salud era responsable, al igual que Cafesalud EPS, de la vulneración de sus derechos en el traslado masivo de más de 4,3 millones de usuarios desde Saludcoop, argumentando que Cafesalud carecía de médicos, clínicas y hospitales suficientes para atender a la población y que por esa circunstancia se amenazaba y se ponía en peligro el derecho colectivo a la salud.
En tal sentido solicitaba que se declarara a la Supersalud y a Cafesalud responsables del peligro que corrían, en ese momento, los cinco millones de afiliados y que se ordenara una revisión perentoria de la red de clínicas y hospitales de las que disponía la EPS para que se adoptaran las medidas y se garantizara la salud de sus afiliados.
Sin embargo, el Tribunal consideró en su fallo que dichas pretensiones no se ajustaban específicamente a la situación real de los afiliados en vista de que estos ya estaban en Medimás, por lo cual se ordenaron medidas cautelares para garantizar sus derechos. Lo que, en vista de los incumplimientos, derivó en el fallo.
La sentencia fue emitida por los magistrados Luis Manuel Lasso Lozano, Claudia Elizabeth Lozzi y Felipe Alirio Solarte Maya.
En todo caso, el Tribunal exige que mientras se da lugar a este proceso Medimás es responsable de todos los servicios de los 3,9 millones de afiliados que hoy tiene, al tiempo que ordena crear un comité que verifique el cumplimiento de esta sentencia, integrado por el demandante, la Procuraduría, el Ministerio, la Superintendencia y la Defensoría del Pueblo.
Finalmente, al fallo le cabe un recurso de impugnación que tendría que resolver el Consejo de Estado en un plazo de 20 días. No obstante, al tratarse de una acción popular, juristas indican que los términos de la sentencia ya empezaron a correr.
Voces del sector
El Superintendente Nacional de Salud, Fabio Aristizábal Ángel, le acaba de manifestar a EL TIEMPO que estudiará a la sentencia en toda su extensión para darle cumplimiento sin el mayor traumatismo. Sin embargo, aclara que de una u otra forma la decisión del Tribunal es coherente con las medidas que ya había empezado a tomar su entidad.
De hecho, hace pocas semanas la Superintendencia ya había revocado el funcionamiento de Medimás en tres departamentos y está en curso extender la medida a otras jurisdicciones.
Jorge Gómez Cusnir, uno de los accionistas de Prestnewco, empresa dueña de Medimás, manifestó que el fallo le sorprende y en este momento analiza con su grupo de abogados el texto del mismo para emitir un concepto o interponer los recursos legales que puedan tener lugar.
Desde Lima, el ministro de Salud, Juan Pablo Uribe le dijo a este diario que mientras conoce la profundidad del fallo puede afirmar que sobre cualquier decisión debe prevalecer la garantía del derecho a la salud de los afiliados y la continuidad en los tratamientos y servicios para los mismos.
Dennis Silva, vocero de Pacientes Colombia, afirma que el fallo se alinea con los intereses de los afiliados, especialmente de los más necesitados. “Es una decisión esperada, necesaria y pertinente para el país. La duda está en qué EPS cumplen con los criterios para recibir a los pacientes. Esperamos que aquí no haya otra debacle del aseguramiento”, comentó.
Al conocer la noticia, Edith Fernández Rincón, paciente oncológica de Medimás, afirmó que no es justo que a las personas las paseen por todas las EPS, «en las cuales somos recibidas como malos estudiantes, bajo la premisa de que no duraremos poco porque igual seremos trasladados a otros lados».
Fernández Rincón, quien padece los traumatismos desde la época de Cruz Blanca EPS y ha pasado por Saludcoop y Cafesalud y ahora Medimás, pide que que la asignación de los pacientes a otras aseguradoras sea responsable y no afecte la entrega de medicamentos ni interrumpa sus tratamientos. «Nos cogen como vacas y nunca cuentan con nosotros y ni nos preguntan nada, solo nos cobran», remata.
Tomado de: www.eltiempo.com