Durante el 2019, cursarán varios Proyectos de Ley para modificar o ajustar la Ley 100 de 1993. La respuesta médica, de los profesionales y trabajadores del sector sanitario, debe estar estructurada sobre mecanismos de UNIDAD
Por: Médico Herman Redondo Gómez
Ginecoobstetra
Miembro ASMEDAS Cundinamarca
Desafortunadamente, el incentivo de lucro y la corrupción, se tomaron el Sistema de Salud, entre más alto sea el nivel, mayor es la magnitud del desvío. Así no hay plata que alcance, ni se sabe a ciencia cierta si los recursos existentes son o no suficientes. Las EPS se quiebran y la Superintendencia Nacional de Salud debe tomar posesión de ellas para administrarlas o para liquidarlas. Hay 22 EPS bajo medida especial: 18 en vigilancia especial y 4 en programa de recuperación, según el Superintendente de Salud (El Tiempo, diciembre 17/2018).
Las intervenciones de la Súpersalud para administrar EPS han traído más problemas que beneficios, como sucedió con Caprecom o con Saludcoop y, más recientemente, con el fallo del Tribunal Superior de Barranquilla que obliga a la Súpersalud a responder por las deudas impagadas por las EPS, por ella liquidadas, a 36 IPS, en la medida en que durante su intervención y liquidación, tales deudas lejos de ser subsanadas, al contrario, se incrementaron. Las liquidaciones forzosas, también generan traslado masivo de afiliados de EPS, lo que trastorna la continuidad en los tratamientos, cambio de IPS o de médico tratante, confusión de los afiliados y, en general trastorno en la prestación de los servicios.
Gracias a la iniciativa de la Gran Junta Médica, integrada por las instituciones médicas de carácter nacional, fue promulgada la Ley Estatutaria en Salud 1751/2015, como un nuevo contrato social entre el Estado y la Sociedad, con el fin de regular y definir el núcleo esencial del derecho fundamental a la salud. Esta Ley, constituye una oportunidad para reorientar el Sistema en virtud de una Ley ordinaria que la desarrolle plenamente, lo que hasta el momento, no ha sucedido.
En el Congreso proliferan Proyectos de Ley para ajustar o modificar el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), sin cambios estructurales de la Ley 100, incluso ignorando la Ley Estatutaria en Salud, entre ellos destacamos:
– Proyecto de Ley 90 de 2017 Senado, “Por la cual se adoptan medidas para la gestión y transparencia del aseguramiento en salud”, iniciativa del Senador Álvaro Uribe Vélez del partido Centro Democrático.
– Proyecto de Ley 147 de 2017, “por la cual se reconoce la violencia obstétrica como una modalidad de violencia de género y se dictan medidas de prevención y sanción (contra la violencia obstétrica)”. Presentado por la Senadora Nadia Blel Scaff del Partido Conservador.
– Proyecto de Ley 062 de 2018, “por la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”, presentado por el H. R., médico José Luis Correa López del Partido Liberal.
– Proyecto de Ley, “por la cual se adicionan algunos artículos al Código Penal contenido en la Ley de 2000 y se adicionan algunos incisos a los artículos 52, 53, 55 y 57 del Código Único Disciplinario contenido en la Ley 734 de 2002 y se dictan otras disposiciones penales y disciplinarias, en los casos de negación de los servicios de salud”. Presentado por los organismos de control.
– Proyecto de Ley 198 de 2018 Senado, 252/18 Cámara, “por la cual se adicionan y modifican algunos artículos de las leyes 1122 de 2007 y 1438 de 2011 y se dictan otras disposiciones”. Tiene mensaje de urgencia. Presentado por la Superintendencia Nacional de Salud. Aprobado por el Congreso en Diciembre de 2018.
– Proyecto de Ley, “Por medio del cual se hacen modificaciones al sistema de salud, se redefine su funcionamiento y se dictan otras disposiciones orientadas a garantizar el derecho a la salud y la sostenibilidad del sistema”. Presentado por el Senador médico Fabian Castillo Suárez de Cambio Radical.
Frente a lo anterior, los gremios médicos, los mismos que a través de la Gran Junta Médica Nacional, presentaron los 14 puntos iniciales que dieron origen a la Ley Estatutaria en Salud, están elaborando un Proyecto de Ley Integral en Salud que verdaderamente desarrolle los principios, directrices y ordenamientos del bloque de constitucionalidad en materia de salud para garantizar a todos los residentes en el país este derecho fundamental.
Es urgente que este Proyecto sea socializado y conocido por las instituciones médicas, los profesionales, trabajadores y usuarios, para enriquecerlo si es posible, para difundirlo e iniciar una campaña de apoyo formidable, como en su momento se hizo con el Proyecto de Ley 2019/2013 Senado, que a la postre dio origen a la Ley Estatutaria en Salud, o la gesta organizada para defender y sacar adelante la Ley 1917/2018, por la cual se reglamenta el Sistema de Residencias Médicas en Colombia.
La respuesta de los médicos, profesionales y trabajadores de la salud, junto a las Centrales Obreras, debe ser unitaria con este proyecto, porque la Ley 1751 de 2015, no se puede quedar escrita, como un poema o, únicamente como un instrumento para que los jueces de la República fallen las tutelas en favor de cientos de miles de ciudadanos a quienes se les continúa violando cotidianamente este derecho fundamental.
Con el año 2019 vendrán momentos de reformas en la salud, por tanto, deberá ser también un año de UNIDAD de los médicos, profesionales y trabajadores alrededor del derecho fundamental a la salud como lo establece la Ley Estatutaria 1751/2015.