Los médicos podrán ejercer con el antiguo registro

Los inadmitidos en el concurso de la Comisión Nacional del Servicio Civil podrán reclamar

Tomado de: Oficina de Comunicaciones, Información y Prensa ASMEDAS Antioquia

Desde que salió la convocatoria al concurso, ASMEDAS Antioquia cuestionó el requisito de la tarjeta profesional expedida por el Colegio Médico Colombiano para validar la experiencia.  Hoy, mediante esta Circular, la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia (SSSA) nos da la razón y, además, nos informa que por error de un funcionario muchos fueron borrados del ReTHUS.

ASMEDAS Antioquia seguirá acompañando a los médicos que fueron inadmitidos y que les negaron la posibilidad de presentar el examen del concurso, así como a todos aquellos a quienes no les tuvieron en cuenta la experiencia anterior a la inscripción en el ReTHUS.  Además, solicita públicamente al Colegio Médico Colombiano un pronunciamiento oficial no hecho a la fecha.

A continuación, publicamos la Circular de la SSSA:

Circular del 5 de octubre de 2018 de la Dirección de Calidad y Red de Servicios de la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia para todos los Prestadores de Servicios de Salud del Departamento de Antioquia

La Dirección de Calidad y Red de Servicios de la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia le informa a todos los Prestadores de Servicios de Salud del departamento (Empresas Sociales del Estado, IPS Privadas y Prestadores de Servicios de Salud Independientes) que la plataforma del Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud –ReTHUS- presenta inconsistencias en la información, toda vez que por un error involuntario, según lo manifestó un funcionario del Ministerio de Salud y Protección Social, la persona encargada de actualizar la información en dicha base de datos, anuló varios registros que ya estaban reportados, razón por la cual algunos profesionales no aparecen inscritos.

Por tal razón, se les recuerda a todos los prestadores de servicios de salud del departamento que de conformidad con el numeral 8 del ABC del ReTHUS, “El talento humano en salud puede continuar ejerciendo su profesión u ocupación, presentando los documentos que acreditaron el cumplimiento de los requisitos que se encontraban vigentes”.

A continuación, se cita textualmente la directriz del Ministerio de Salud y Protección Social, a través del ABC del ReTHUS:

“8. Si una persona no se encuentra inscrita en el ReTHUS o su información presenta alguna inconsistencia, habiendo obtenido su resolución de ejercicio o tarjeta profesional antes de la entrada en operación de este Registro y/o de que los Colegios Profesionales asumieran funciones públicas, ¿cuál es el procedimiento que debe seguir para inscribirse?

Los auxiliares o técnicos laborales, técnicos profesionales y tecnólogos deben solicitar su inscripción ante la entidad que le autorizó el ejercicio; esto es, ante las Direcciones Departamentales de Salud, la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C. o el Ministerio de Salud y Protección Social, según corresponda.

Por su parte, los profesionales deben solicitar su inscripción en los Colegios Profesionales que se encuentran ejerciendo funciones públicas delegadas en el marco de la Ley 1164 de 2007, en las Direcciones Departamentales de Salud o ante la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C., según corresponda (ver pregunta 5 del presente documento).

Se debe tener en cuenta que la inscripción de una profesión u ocupación del área de la salud, para quienes fueron autorizados previamente por las Direcciones Departamentales de Salud, por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C o por el Ministerio de Salud y Protección Social, es gratuita y no requiere intermediarios.

El talento humano en salud puede continuar ejerciendo su profesión u ocupación, presentando los documentos que acreditaron el cumplimiento de los requisitos que se encontraban vigentes (resolución de autorización de ejercicio en todo el territorio nacional, expedida por este Ministerio o por una secretaría de salud, y según la profesión, tarjeta profesional, matrícula profesional)”. (Negrillas nuestras).

Teniendo en cuenta lo anterior, si un profesional no se encuentre inscrito en el ReTHUS, la autorización para el ejercicio de la profesión se deberá validar con la resolución expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social o la Secretaría de Salud Departamental correspondiente.

En caso de cualquier inquietud, podrá comunicarse con el servidor Luis Salvador Ospina, al teléfono 3839796, con el fin de verificar la inscripción departamental, hasta tanto el Ministerio de Salud y Protección Social solucione el inconveniente presentado con la plataforma ReTHUS.

Cordialmente,

 

SANDRA ISABEL ANGULO ESPINOSA
Directora de Calidad y Red de Servicios

 

Tomado de: Oficina de Comunicaciones, Información y Prensa ASMEDAS Antioquia

 

 

Deja un comentario